Tendencias

Efectos de la anulación de la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona

La ordenanza que vetaba a los coches sin etiquetas del Ayuntamiento barcelonés sigue los mismos pasos que la de Madrid Central

Guía en vídeo de la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona

Toni Fuentes

22.03.2022 12:48h

4 min

El Ayuntamiento de Barcelona y el Área Metropolitana presumían de que la Zona de Bajas Emisiones de la capital catalana era "la más extensa del sur de Europa" con 95 kilómetros cuadrados y cinco municipios afectados. Esas grandes dimensiones han sido, precisamente. una de las principales causas que han llevado al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya a dictar una sentencia que anula la creación de la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona.

La Zona de Bajas Emisiones Rondas de Barcelona sigue los pasos de Madrid Central, que también fue anulada por la justicia y que resurgió con una nueva regulación como Madrid 360. El embrollo judicial creado en la capital española, con multas impuestas que quedaron en el aire, se solucionó finalmente con la nueva normativa Madrid 360 que tuviera en cuenta las objeciones de la justicia. La Zona de Bajas Emisiones de Barcelona está ahora pendiente de un posible recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que en el caso de Madrid ratificó la anulación de la normativa inicial Madrid Central que puso en marcha el Ayuntamiento cuando estaba gobernado por Manuela Carmena.

¿Qué pasa con las multas?

Las 70.000 multas que ha impuesto el Ayuntamiento de Barcelona a propietarios de vehículos sin etiqueta de la DGT por entrar en la ciudad pueden seguir el mismo camino que las sanciones de Madrid Central. Después del intento del ayuntamiento madrileño de resistirse y mantenerlas en vigor, varios fallos judiciales obligaron a dejarlas sin efecto, lo que abrió la puerta a reclamar la revolución del importe. Las multas de Barcelona tienen un importe que va de los 100 euros a los 1.800 para los casos extremos de reincidentes.  

"Podríamos decir que más que una “zona” lo que se regula es una “ciudad” de bajas emisiones, que además se extiende a las poblaciones limítrofes que constituyen la conurbación de Barcelona", indica la mayoría de los magistrados en el fallo del TSJC dictado a raíz de los recursos presentados por seis asociaciones y entidades de transportistas, talleres y de usuarios y automovilistas.

¿Por qué se anula?

La sentencia imputa al Ayuntamiento de Barcelona que dirige Ada Colau una gran chapuza en la argumentación y sustentación de la ordenanza que creó la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona. Faltaban informes de impacto económico, social y medioambiental con datos actualizados y se le dio un alcance geográfico excesivo y sin ninguna modulación. A pesar de la contundencia del fallo judicial, los magistrados limitan las costas que tiene que pagar el Ayuntamiento, que se quedan en 3.000 euros en concepto de gastos de las entidades demandantes.

"La zona de intervención así delimitada sí es un elemento esencial para dirimir si las medidas restrictivas son proporcionadas desde el momento en que su alcance territorial es uniforme y global, extraordinariamente amplio, sin distinción de anillos o subáreas", aseguran los jueces. 

La excepción del puerto

La sentencia acepta una buena parte de los argumentos alegados en los recursos presentados y destapa algunas de las peculiaridades de la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona, como algunas excepciones discrecionales. "La existencia de un procedimiento ante la Comisión Europea justifica una intervención municipal urgente, pero no necesariamente determina la validez 
del modelo de planificación de la Ordenanza, mayormente cuando no actúa sobre el principal foco de contaminación de NOX que es el puerto", critica el fallo.

A juicio del tribunal, la oferta del Área Metropolitana de Barcelona, que preside Ada Colau, de regalar una trajeta de transporte público (T-Verda) para los afectados por la Zona de Bajas Emisiones que envíen al desguace su coche sin distintivo ambiental de la DGT, que no pueden circular por el 'corralito' ambiental.  

¿Quién recurrió?

Entre las entidades que habían presentado recurso se encontraban el Gremio Provincial de Talleres de Barcelona, la Federación Empresarial Catalana de Autotransporte de Viajeros, la Asociación de Empresarios de Transporte Discrecional de Cataluña, el Gremio de Transporte y Maquinaria de la Construcción de Cataluña junto a varias patronales de transportistas, la Asociación de Familias Numerosas de Cataluña y la Plataforma de Afectados por las Restricciones Circulatorias.

Aunque el Gremi del Motor de Barcelona no presentó recurso, ha celebrado la sentencia y ha exigido el "cumplimiento inmediato". Ha pedido al Ayuntamiento de Barcelona que acate la sentencia y deje sin efecto la ordenanza.

Hoy destacamos